El registro de una marca dura 10 años y se renueva por periodos iguales (art. 178 de la LFPPI). La renovación se pide en los seis meses antes de que venza, y el IMPI también la tramita en los seis meses siguientes (art. 237). Al renovar declaras en qué productos o servicios usas la marca y pagas la tarifa.
¿Cuándo se renueva una marca?
Parte de la fecha de vencimiento de tu registro. El plazo abre seis meses antes y el IMPI todavía tramita la renovación hasta seis meses después. Los meses se cuentan de fecha a fecha, con todo y días inhábiles (art. 21). Si el último día es inhábil, el plazo termina el día hábil siguiente (art. 7 del Reglamento).
| Momento | Fecha | Qué pasa |
|---|---|---|
| Abre el plazo | 10 de septiembre de 2026 | Ya puedes pedir la renovación. |
| Vence el registro | 10 de marzo de 2027 | Se cumplen los 10 años. |
| Cierra el plazo | 10 de septiembre de 2027 | Último día para pedirla. |
| Día siguiente | 11 de septiembre de 2027 | Sin solicitud, el registro caduca (art. 238). |

¿Desde cuándo cuentan los 10 años?
Depende de cuándo pediste el registro. Si lo solicitaste antes del 5 de noviembre de 2020, cuentan desde que presentaste la solicitud. Si lo solicitaste ese día o después, cuentan desde que el IMPI lo otorgó (art. 178). Así lo explica el IMPI en su presentación sobre renovación y declaración de uso. Tu título dice la vigencia de tu registro (art. 231).
¿Qué necesitas para renovar tu marca?
El formato IMPI-00-002, «Solicitud de renovación y declaración de uso real y efectivo de signos distintivos», que está en la página de formatos del IMPI. Con él renuevas y declaras el uso en un solo trámite. Lleva:
- El número de registro y los datos de la persona titular.
- Los productos o servicios en los que usas la marca. La protección sigue solo para los que declares (art. 237).
- El comprobante de pago de la renovación y de la declaración de uso.
- Si la presenta alguien en tu nombre, el documento que acredita su personalidad o su número del Registro General de Poderes.
No se anexan fotos, facturas ni muestras: el uso se declara bajo protesta de decir verdad. Si no lo declaras, el IMPI te da dos meses para hacerlo y, si no cumples, el registro caduca (art. 237). Si los productos o servicios no quedan claros, puede pedirte que los precises (art. 120 del Reglamento).
Aunque no se anexen, conviene guardar pruebas de que usas la marca. Prueba de Uso guarda cada lunes la prueba de que tu marca sigue trabajando, con una constancia técnica por marca.
¿Cuánto cuesta renovar una marca en el IMPI?
Por cada registro pagas dos conceptos de la Tarifa del IMPI, más IVA. En total, $4,156.79, vigente al 28 de octubre de 2026:
- Renovación (art. 14 c): $2,597.77 más IVA, $3,013.41.
- Declaración de uso (art. 14 d): $985.67 más IVA, $1,143.38.
Son los montos que fijó el DOF del 7 de agosto de 2018. Con SisteMarca, el precio publicado de la renovación de marca ya incluye este pago al IMPI.

¿Cómo se renueva una marca en línea?
En Marca en línea, el sistema del IMPI para trámites por internet. Los pasos, según su guía de usuario:
- Entra desde Tu cuenta PASE.
- Llena el formato IMPI-00-002 con los productos o servicios en los que usas la marca.
- Sube un solo PDF con el formato y sus anexos: máximo 10 MB y sin contraseña.
- Paga en la misma plataforma la renovación y la declaración de uso.
- Firma con tu CURP o tu e.firma. Sin la firma, el trámite no se considera concluido.
Si no te hace requerimientos, el IMPI resuelve en máximo tres meses desde que presentas la solicitud (art. 237) y te notifica en la Gaceta de la Propiedad Industrial (art. 19). Si lo prefieres, también puedes presentarla en sus ventanillas.

¿Qué pasa si no renuevas a tiempo?
Si se acaban los seis meses posteriores al vencimiento sin que pidas la renovación, el registro caduca de pleno derecho: el IMPI no tiene que declararlo (arts. 238 y 263).
Para volver a proteger la marca tendrías que pedir un registro nuevo. Esa solicitud lleva su propia fecha de presentación, que decide quién va primero (art. 220), y pasa otra vez por el examen del IMPI (art. 225).
Las tres causas de caducidad, comparadas: caducidad de marca.
¿Renovar es lo mismo que la declaración de uso?
No. La declaración de uso de los tres años se presenta una vez, en los tres meses siguientes al tercer aniversario del otorgamiento (art. 233). La renovación llega a los 10 años y trae su propia declaración de uso (art. 237).
Los registros otorgados antes del 10 de agosto de 2018 no presentan la de los tres años: declaran el uso cuando renuevan (transitorio décimo primero de la LFPPI). Todo sobre la otra fecha, en la guía de la declaración de uso.
Cómo te ayuda SisteMarca
SisteMarca calcula el vencimiento de cada registro con sus fechas oficiales y te avisa por correo 90 días antes, con recordatorios a 60, 30, 15, 7 y 1 día. Los avisos no tienen costo.
Si quieres que la presentemos nosotros, contrátala desde tu cuenta: renovación de marca. Cómo se ve en tu cuenta: renovar tu marca desde tu cuenta. ¿Aún no registras tu marca? Empieza por cómo registrar una marca.
Fuentes
- Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial: arts. 19, 21, 178, 220, 225, 231, 233, 237, 238 y 263, y transitorio décimo primero (última reforma DOF 3 abr 2026).
- Reglamento de la LFPPI: arts. 7 y 120 (DOF 28 abr 2026).
- Tarifa del IMPI: arts. 14 c y 14 d (DOF 7 ago 2018).
- IMPI: formatos (IMPI-00-002), guía de Marca en línea para declaraciones de uso y renovaciones y presentación sobre renovación y declaración de uso de marcas.
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto se renueva una marca?
Cada 10 años. El registro se renueva por periodos de la misma duración (art. 178 de la LFPPI).
¿Puedo renovar mi marca si ya venció?
Sí, en los seis meses siguientes al vencimiento (art. 237). Pasado ese plazo, el registro caduca y tendrías que pedir uno nuevo.
¿Cuánto cobra el IMPI por renovar una marca?
$4,156.79 por registro, con IVA: $3,013.41 de la renovación y $1,143.38 de la declaración de uso. Vigente al 28 de octubre de 2026.
¿Puedo renovar solo algunos productos o servicios?
Sí. Al renovar declaras en cuáles usas la marca, y la protección sigue solo para esos (art. 237).
¿Tengo que anexar facturas o fotos para renovar?
No. Declaras el uso en el formato y pagas las tarifas. Guarda tus pruebas de uso por si algún día te las piden.
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